ISSN electrónico 3008-8321

PUBLICACIONES DE INTERÉS

 

LA MAGISTRATURA Y LA FUNCIÓN JUDICIAL EN ARGENTINA

UNA REALIDAD QUE PRESENTA NUEVOS DESAFÍOS

Por Marcela Ruiz (1)

Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial

 1. Presidenta reelecta de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial. Abogada (UNT) y profesora universitaria, con extensa trayectoria en el asociacionismo judicial, actualmente preside la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Tucumán (AMT). Es vocal y presidenta de la Cámara Civil y Comercial Común de Tucumán.

Resumen: El presente trabajo busca detallar los desafíos que se vislumbran para el ejercicio de la magistratura y la función judicial en el marco de los procesos asociativos de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial.

 

I – INTRODUCCIÓN

 

El 15 de septiembre de 1966, en San Nicolás de los Arroyos, se fundó la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM). Este suceso constituyó un verdadero hito para la vida de las justicias provinciales, en tanto implicaba nuclear a la magistratura del país (2) con lo complicada que era en aquellos tiempos la comunicación y socialización de la información.

Por ese entonces, eran muy pocas las asociaciones y colegios en el país, y debido a la extensión territorial de Argentina, era muy dificultoso integrarnos en una federación auténticamente nacional. Para hacerlo, tomamos como ejemplo la magistratura francesa, que en 1962 reunió en París la Asamblea General de la Association de Magistrature. Una vez constituidos, no tardó mucho en dar muestras de la intensa vida institucional asumida, generando encuentros e intercambios periódicos entre sus miembros.

Los objetivos de antaño eran claros: mejorar los servicios de administración de justicia, dignificar el concepto público de la magistratura, instar legislaciones progresistas en todo el país y permanecer ajenos a todo lo que no sean sus fines específicos en terrenos que hagan a la política, religión, sindicalismo o racismo; incompatibles a la objetividad y prescindencia inherente al ejercicio de la judicatura.

Hoy, 58 años después, nuestra sociedad dinámica y compleja, ha experimentado numerosos cambios que − sin duda alguna − se han trasladado al derecho, a los poderes judiciales y por supuesto, a la institución que presido.

El reconocimiento de nuevos derechos acompañados por las luchas de sectores históricamente oprimidos y marginados; la irrupción de las tecnologías de la información y las comunicaciones que modificó desde nuestras relaciones hasta la manera de ver el mundo; la exigencia de transparencia y visibilidad de los actos de todos los poderes de los estados; la participación democrática e inclusiva de la ciudadanía; la libertad de opinión y expresión y la necesidad de erradicar las violencias para construir sociedades más justas, nos desafían y nos interpelan.

En materia legislativa, basta con dar un pantallazo. El año 1994 fue el de la reforma de la Constitución Nacional que, entre otras, incorporó los Tratados internacionales dándoles jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22). Sin duda alguna esto tuvo un impacto en la magistratura que pasó de ser una mera exégeta de la ley, que la analizaba y aplicaba de manera literal, sin que hubiera nada fuera de ella o de la Constitución; a la convencionalidad, es decir al análisis de los pactos y tratados internacionales a la hora de resolver.

Si bien se sucedió la reforma al Código Civil, en varias oportunidades de manera parcial, recién en el año 2015 se produjo la tan ansiada unificación civil y comercial. Por medio de esta reforma la convencionalidad encontró anclaje en el derecho privado y con los artículos 1, 2 y 3 del Código Civil y Comercial, el rol de la magistratura cambió y en este Estado de Derecho constitucional, se dinamizó. Desde entonces, para resolver, se debe recurrir a las convenciones y tratados con jerarquía constitucional.

Este cambio de paradigma requirió un marco jurídico procesal adecuado y que empezó a plasmarse en los distintos códigos de rito que rigen en nuestro país.

Es así que los códigos procesales penales se reformaron en casi todo el país para adoptar el sistema acusatorio. Se dividieron los roles entre la acusación, la defensa y el órgano juzgador; se identificó la necesidad de la inmediatez del juzgador al momento de tomar las decisiones y de la oralidad como medio de propender a que las decisiones lleguen rápido a sus destinatarios.

En materia procesal civil, en un primer momento, se pusieron en marcha planes pilotos para incorporar la oralidad en los procesos y de esta manera simplificarlos, dinamizarlos y dar respuestas a las/os justiciables en tiempo oportuno. En la actualidad, muchas provincias argentinas han modificado sus códigos procesales, adaptando las normas de forma a las necesidades y exigencias sociales y a los grandes y permanentes cambios tecnológicos.

Se visibilizó el flagelo de la violencia intrafamiliar y de género y esto hizo notar la necesidad de una adecuada formación de las/los operadoras/es en perspectiva de género.

Todas las provincias argentinas emprendieron intensos procesos de capacitación derivados de la imposición normativa de la Ley Micaela.

Apareció la necesidad de cuidar nuestra casa común, el Planeta; y la de capacitarnos en temas ambientales. Así, fueron numerosos los cambios que experimentó el derecho a lo largo de estos años de vida de nuestra Federación. Es importante destacar, que todos y cada uno de ellos fueron asumidos por nuestra institución con capacitaciones, jornadas, talleres, charlas magistrales, participación en las comisiones de reforma, etc.

 

II – NUEVOS DESAFÍOS

 

Durante y después de la pandemia se iniciaron en toda Argentina procesos de modernización y digitalización de los poderes judiciales los que permitieron el desenvolvimiento de litigios de forma más eficiente y rápida. Sin embargo, debemos afirmar como hicimos notar en reiteradas oportunidades que quienes tengan el propósito de abordar una transformación modernizadora de los poderes judiciales deberán considerar necesariamente el rol del asociacionismo judicial. Entendemos que, para ello, se deben tener en cuenta dos cuestiones que resultan fundamentales: la primera de ellas es, sin duda, la importancia que en los poderes judiciales tiene el funcionariado; la segunda, es la relevancia que en la justicia tiene el factor humano. La modernización no puede implicar de ninguna manera deshumanizar la justicia. Es por eso que debe escucharse a quienes representan a la magistratura y al funcionariado para no caer en la distorsión de que los números y estadísticas terminen alejando a la justicia de su rol fundamental.

Asimismo, es necesario crear y difundir una mirada constante de la Ética Judicial como cuerpo de experiencias y directivas valorativas que impulsen al mejoramiento continuo de las prácticas judiciales. A través de programas permanentes sobre Ética Judicial que permitan definir criterios de desenvolvimiento que incrementen la confianza pública en el rol de los operadores judiciales en nuestra sociedad (3).

Por su parte, la mirada de género en los espacios judiciales hace necesario la formación en abordajes con esta perspectiva en los diferentes fueros e instancias, como así también en el fortalecimiento del rol de las mujeres en los poderes judiciales y en los colegios y asociaciones, para que sean de efectiva igualdad, participación equilibrada y equitativa. Debemos contar con programas específicos de capacitación y formación a través de los cuales los distintos actores de los sistemas judiciales puedan aplicar y potenciar herramientas para dar vigencia a la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres. El desafío no es sólo extrapoder judicial; debemos estar atentos a lo que ocurre dentro del poder del que formamos parte. Es por eso, que recientemente, comenzamos a trabajar en un relevamiento de lo que ocurre en las diferentes provincias con relación al tema; los avances que vienen haciendo, la concentración de información relativa a las leyes y los protocolos sobre situaciones que puedan implicar violencia en nuestro ámbito.

Si bien es destacable el afianzamiento de la tendencia que, a través de los sistemas informáticos de gestión ya puestos en marcha en la mayoría de las provincias argentinas, buscan que los procesos judiciales superen las alternativas tradicionales de escrituralidad y completen la digitalización de los procesos, también aún es necesario seguir trabajando. Cobra valor la función incansable que han realizado las/os magistradas/os y funcionarias/os en los procesos de digitalización de los expedientes, muchos de los cuales se dieron incluso en tiempos de pandemia (4).

Igualmente se destaca que es una de nuestras preocupaciones, el real y verdadero acceso a justicia de personas en situación de vulnerabilidad. Desde hace tiempo que la justicia ha puesto en funcionamiento estructuras para atender a la ciudadanía todos los días del año (5).

Es necesario trabajar en establecer una comunicación más directa y fluida con la ciudadanía. Se deben diseñar modelos de comunicación judicial desde las/os ciudadanas/os y no desde la lógica jurídica, para poder contar con poderes judiciales prestigiosos e independientes, demanda que hace la sociedad a los tres poderes del Estado. Es importante el trabajo que se realiza desde FAM y desde los colegios y asociaciones en formular nuevas propuestas y estrategias de comunicación que nos acerquen a la ciudadanía.

Por último, es pilar de la Federación implementar soluciones superadoras de las asimetrías salariales en materia judicial. Las provincias que cuentan con menos recursos deben ser asistidas específicamente para lograr un concreto fortalecimiento de sus sistemas judiciales.

 

III – LA RAZÓN DE SER DE NUESTRA INSTITUCIÓN

 

Como lo fue desde la creación de la Federación, la verdadera razón de ser de nuestra institución radica en el fortalecimiento incondicional de la independencia de nuestro poder judicial, la que ha servido de guía y ha dado lugar a grandes luchas a través de estos años. Esa defensa adoptó diversas formas y la FAM, acompañó en forma permanente a los colegios y asociaciones de la magistratura de todo el país en sus reclamos. Sin embargo, aún queda mucho por hacer en una sociedad tan cambiante, hoy el futuro es el gran desafío.

Sin duda, la construcción colectiva, la socialización de la información y la capacitación deben ser nuestros pilares en la búsqueda de brindar un servicio de justicia acorde a los requerimientos actuales. En pos de ello, es que redoblamos los esfuerzos en el entendimiento de que es con el aporte de cada jurisdicción provincial que se constituye un proyecto en común y democrático que nos represente como Federación y que se encuentre al servicio de la comunidad.

2. La entidad nuclea, desde hace 58 años, a la Magistratura y a la Función Judicial de las 23 provincias argentinas y de CABA. Cuenta con la representación de más de 17.000 magistradas/os, y funcionarias/os.

3. Conscientes de su importancia nos encontramos trabajando en un importante programa de formación para las y los operadoras/es judiciales que en poco tiempo saldrá a la luz.

4. Los poderes judiciales provinciales y de Ciudad Autónoma trabajan en la transformación permanente, sostenida y constante de sus estructuras orientadas a la mejor gestión judicial. Las entidades asociativas de magistrados y funcionarios han sido parte principal de estos procesos. Para acompañar tan importante tarea, en FAM, creamos la Dirección de Nuevas Tecnologías. En ese marco, junto al Poder Judicial de CABA, lanzamos un Concurso Nacional de Innovaciones en el Poder Judicial. El objetivo del mismo es que las distintas oficinas judiciales, puedan mostrar al país los procesos de innovación realizados, visibilizar sus proyectos, poner en valor a sus integrantes.

5. Así, se han diseñado y puesto en marcha oficinas de atención a la ciudadanía y capacitaciones; los juzgados de paz han aumentado en número y en competencias para llegar a acercarse a la gente; han aumentado el número de defensorías oficiales (algunas itinerantes); se han acondicionado, fuera de los edificios principales, espacios para que las personas puedan participar en audiencias en forma virtual, etc. Las respuestas en asuntos urgentes también se acrecentaron con turnos para atender las cuestiones de violencia las 24 horas en casi todo el país y con la creación de oficinas de violencia doméstica, etc.

 

Derechos de autor: 2024 Marcela Ruiz
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Revista Jurídica Universidad Nacional del Oeste . Editada entre Enero – Junio del Año 2024. Periodicidad semestral.

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