El principio de imparcialidad y el tiempo de los jueces para valorar, razonar y argumentar
DOI:
https://doi.org/10.64894/ed0b9d76Palabras clave:
sistemas de gestión judicial, derecho procesal federal, celeridad procesalResumen
El objeto del trabajo se dirige a identificar la imparcialidad como una garantía constitucional compleja, conformada, además de sus contenidos tradicionales, por la dimensión temporal con la que deben contar los jueces para que puedan recibir la prueba con la atención debida, seleccionar la conducente para resolver, valorarla, razonar y argumentar ordenadamente el pronunciamiento final con el que se zanja el conflicto nacido del delito, siendo tarea de las Oficinas de Gestión Judicial el asegurar esta labor.
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Referencias
Aguilera, E. (2020). Una propuesta de aplicación de la epistemología jurídica en la investigación del delito. En J. Ferrer Beltrán & C.
Vázquez, El derecho al razonamiento probatorio. Marcial Pons.
Alexy, R. (2014). Teoría de la argumentación jurídica. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Aliste Santos, T. J. (2011). La motivación de las resoluciones judiciales. Marcial Pons.
Atienza, M. (2011). Argumentación y Constitución. En C. Alarcón Cabrera & R. L. Vigo (Coords.), Interpretación y argumentación jurídica. Marcial Pons.
Atienza, M. (2013). Curso de argumentación jurídica. Trotta.
Atienza, M. (2017). Algunas tesis sobre el razonamiento judicial. En J. Aguiló Regla & P. Grández Castro, Sobre el razonamiento judicial. Palestra.
Bacigalupo, E. (2005). El debido proceso penal. Hammurabi.
Cadena Montoya, J. D. (2014). Las nuevas oficinas de gestión judicial. Sistemas Judiciales, 14(18). https://inecip.org/wp-content/uploads/Inecip-Sistemas-Judiciales-N%C2%BA18.pdf
Cafferata Nores, J. I. (2007). Proceso penal y derechos humanos. Del Puerto.
Cardozo, B. (1955). La naturaleza de la función judicial. En C. Cossio, Teoría general del derecho. ARAYU.
Chaia, R. (2015). La etapa intermedia en el nuevo Código Procesal Penal de la Nación. Reflexiones en torno al juicio de la acusación. La Ley, (6).
Ferrajoli, L. (2005). Derecho y razón.
Gómez Urso, J. F. (2011). El juicio oral. Trotta – Hammurabi.
González Postigo, L. (2014). La gestión judicial en los Tribunales de Familia de Santiago de Chile. Sistemas Judiciales, 14(18). https://inecip.org/wp-content/uploads/Inecip-Sistemas-Judiciales-N%C2%BA18.pdf
Guzmán, N. (2006). La verdad en el proceso penal. Del Puerto.
Hernández Marín, R. (2005). Las obligaciones básicas de los jueces. Marcial Pons.
Ibáñez, P. A. (2012). La independencia del Poder Judicial y los derechos del juez. En A. Saiz Arnaiz, Los derechos fundamentales de los jueces. Marcial Pons.
Kamada, L. E. (2003). La frontera entre el derecho de defensa y la garantía al debido proceso. En M. Kaminker, XXII Congreso Nacional de Derecho Procesal. Rubinzal-Culzoni.
Kamada, L. E. (2010). Elogio de la independencia (la metagarantía de la justicia del siglo XXI). En Centro de Perfeccionamiento Ricardo Núñez, Proyectando la justicia del siglo XXI en el bicentenario de la Revolución de Mayo. Centro de Perfeccionamiento Ricardo Núñez del Poder Judicial de la provincia de Córdoba.
Kamada, L. E. (2023). Revisitando el debido proceso como legitimador del nuevo litigio procesal penal. O ¿qué queda del debido proceso en el paradigma acusatorio/adversarial? Revista de Derecho Procesal Penal, 2023-1.
La Rosa Calle, J., & Rivas, G. (2018). Teoría del conflicto y mecanismos de solución. Pontificia Universidad Católica del Perú.
Locke, J. (2000). Ensayo sobre el gobierno civil. Planeta.
Maier, J. (2002). Independencia judicial y derechos fundamentales. En F. Asociación de Magistrados, Primeras Jornadas Internacionales de Derechos Fundamentales y Derecho Penal. Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la provincia de Córdoba.
Meroi, A. (2021). Argumentación para la prueba de los hechos.
Nieto, A., & Gordillo, A. (2003). Las limitaciones del conocimiento jurídico. Astrea.
Perelman, C., & Olbrechts-Tyteca, L. (1989). Tratado de la argumentación. Trotta.
Prono, S. (2017). Racionalidad argumentativa y motivación judicial. En G. Barranco, Argumentación y prueba de los hechos en el proceso judicial. Universidad Nacional del Litoral – Gredos.
Robinson, P. (2012). Principios distributivos del derecho penal. A quién debe sancionarse y en qué medida. Marcial Pons.
Schijvarger, M. E. (2014). La puesta en marcha de oficinas judiciales en La Pampa. Sistemas Judiciales, 14(18). https://inecip.org/wp-content/uploads/Inecip-Sistemas-Judiciales-N%C2%BA18.pdf
Stanga, S. (2006). Trascendencia, proyección y exigencias de la responsabilidad gerencial del juez. En A. Santiago, La responsabilidad judicial y sus dimensiones.
Vargas, J. E. (2014). Las nuevas oficinas de gestión judicial. Abaco. Sistemas Judiciales, 14(18). https://inecip.org/wp-content/uploads/Inecip-Sistemas-Judiciales-N%C2%BA18.pdf
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