DERECHO COMPARADO


EL TRABAJO INFANTIL COMO DEUDA PENDIENTE

DEL DERECHO LABORAL ECUATORIANO

CHILD LABOR AS AN UNRESOLVED ISSUE IN ECUADORIAN LABOR LAW

Por Solimar Herrera Garcés[1]

Universidad Central de Ecuador

Resumen: El trabajo infantil en Ecuador continúa siendo un problema estructural que afecta a miles de niños, niñas y adolescentes, principalmente en sectores informales y en la vía pública. Entre sus causas, destacan la pobreza, el desempleo, la migración interna, la disfunción familiar y factores socioculturales que normalizan esta práctica. El presente artículo aborda el tema ahondando en el marco legal, para luego profundizar en el análisis de sus consecuencias, con el fin de analizar las políticas que podrían favorecer su erradicación.

Palabras clave: trabajo infantil, Ecuador, pobreza, legislación laboral, derechos de la niñez, explotación laboral, educación, políticas públicas

Abstract: Child labor in Ecuador remains a structural issue affecting thousands of children and adolescents, particularly in informal sectors and on public roads. Its main causes include poverty, unemployment, internal migration, family dysfunction, and sociocultural factors that normalize the practice. This article addresses the topic by exploring the legal framework and then delving into the analysis of its consequences, with the aim of evaluating policies that could support its eradication.

Keywords: child labor, Ecuador, poverty, labor legislation, children’s rights, labor exploitation, education, public policy

INTRODUCCIÓN

En Ecuador podemos decir que cada vez más niños, niñas y adolescentes trabajan como vendedores ambulantes, limpiabotas, lavadores de autos, conductores de carretillas, vendedores de caramelos, e incluso como mendigos.[2] Este fenómeno suele pasar desapercibido. La jornada laboral de estos niños varía según la actividad, pero en promedio oscila entre cinco y siete horas diarias, sin importar las condiciones climáticas. La mayoría carece de tiempo para estudiar, lo que repercute en su rendimiento escolar; algunos incluso recurren al consumo de drogas. No cuentan con días de descanso y sufren problemas de salud tanto físicos como mentales. Las razones que los llevan a trabajar son diversas y van desde la necesidad económica hasta situaciones familiares complejas.

El Estado ecuatoriano, a través del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, junto con el Ministerio de Inclusión Económica y Social, ha impulsado iniciativas legales y de control para proteger a estos niños. No obstante, la normativa vigente resulta insuficiente frente a la realidad diaria en las calles del país.

En el presente trabajo, desarrollado en base a una investigación realizada con estudiantes de la cátedra de Derecho Laboral de la Universidad Central de Ecuador, se presenta la información recopilada y actualizada sobre esta problemática con el propósito de proponer soluciones concretas que contribuyan a reducir el número de menores trabajadores en las calles. Para ello se realizó un enfoque especialmente basado en hijos de personas en situación de calle, analizando, con el objetivo de visibilizar, la corresponsabilidad de los padres y la sociedad en general, la necesidad de fomentar la empatía, el compromiso y la acción colectiva para garantizar que los derechos de estos niños sean respetados.

I - ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

¿Qué es el trabajo infantil?

Se entiende por trabajo infantil toda actividad realizada por niños, niñas o adolescentes menores de quince años en la producción o comercialización de bienes que no sean para autoconsumo, o en la prestación de servicios a personas naturales o jurídicas, cuando estas actividades obstaculizan su acceso, permanencia o rendimiento escolar, se llevan a cabo en ambientes peligrosos, generan consecuencias negativas inmediatas o futuras en su salud física, mental, emocional o social, o atentan contra su desarrollo moral o personal.

Este fenómeno incluye el trabajo en calles, plazas, mercados o terminales de transporte, donde los niños están expuestos a riesgos físicos, psicológicos y sociales. En muchos casos, este tipo de trabajo lleva al abandono del hogar familiar de manera definitiva para vivir en la calle.

Factores que originan el trabajo infantil en la calle

Entre las principales causas de vulnerabilidad económica de las familias en las que algunos de sus integrantes son niños, niñas o adolescentes que realizan tareas laborales encontramos la pobreza, la falta de ingresos estables y el desempleo, lo que lleva a los padres a recurrir al trabajo infantil como estrategia de supervivencia, más cuando en muchos casos trabajan aportando más ingresos que los propios adultos de la familia, convirtiéndose en el principal sustento económico.

También contribuye a profundizar esta desigualdad la migración constante desde zonas rurales hacia las ciudades. Circunstancia verificada a través de la generación de asentamientos en la periferia urbana con altos índices de pobreza. En estos entornos, los niños, niñas y adolescentes se desplazan a zonas de mayor afluencia de personas para realizar actividades informales, como venta ambulante, limpieza de vidrios o carga de mercancías.

Por otro lado, también motivan las condiciones de vulnerabilidad la ruptura y disfunción familiar. En este sentido, la desintegración familiar, violencia intrafamiliar, abusos físicos o psicológicos, separación de los padres, alcoholismo y abandono son factores que los empujan a buscar sustento en la calle. En estos casos, la extrema pobreza agrava la situación y reduce las redes de protección.

Igualmente, la falta de políticas públicas y programas de atención, la escasa cobertura de programas sociales que intervengan directamente en el entorno callejero y en el núcleo familiar, permiten que el problema persista. Muchos niños, niñas y adolescentes han pasado por albergues o centros de acogida, pero los abandonan debido a la dificultad de adaptación o por falta de recursos para mantenerlos.

Por último, es importante tener presente la influencia de los factores culturales. En ese sentido, en algunos casos los padres no priorizan la educación y ven el trabajo infantil como un medio legítimo de aprendizaje o responsabilidad. Algunos incluso dejan de enviar a sus hijos a la escuela si el Estado no cubre gastos como alimentación o útiles.

Consecuencias del trabajo infantil en la calle

Entre los principales efectos de estos presupuestos de vulnerabilidad encontramos:

Ejemplos del trabajo infantil en Ecuador

El trabajo infantil en Ecuador es un fenómeno complejo. A pesar de un marco legal avanzado y programas sociales, persisten desigualdades, especialmente en comunidades indígenas, rurales y en situación de pobreza extrema. Entre 2006 y 2009, la incidencia bajó del 17 al 10 %, pero aumentó la intensidad de las jornadas laborales.

Aplicada la metodología de observación y de encuesta por parte de nuestro equipo de investigación, se relevaron opiniones ciudadanas sobre el trabajo infantil en espacios públicos. Los resultados muestran una marcada desaprobación hacia esta problemática, que la mayoría de los encuestados vincula con causas económicas. También se percibe una alta frecuencia de niños trabajando en la calle, y muchos participantes expresaron preocupación por el posible consumo de sustancias entre estos menores. A pesar del panorama adverso, más de la mitad de los consultados considera que los centros de ayuda cumplen un rol positivo y necesario para abordar esta situación.

Por estas observaciones, podemos afirmar que más niños, niñas y adolescentes ecuatorianos de los que imaginamos trabajan en condiciones precarias. Entre las actividades más comunes se encuentran:

 Muchas de las cuales implican riesgos sanitarios graves, además del estigma social que recae sobre ellos.

II - CORPUS IURIS ECUATORIANO

Los niños, niñas y adolescentes poseen los mismos derechos humanos que cualquier persona adulta. Sin embargo, debido a su menor desarrollo físico, emocional y social, así como a la falta de experiencia y conocimiento para defenderse en un mundo diseñado por y para adultos, requieren de una protección especial.

Este derecho a la protección implica salvaguardarlos contra toda forma de explotación económica y cualquier actividad laboral que resulte peligrosa para su salud, su moral o que limite su desarrollo integral.

Eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio

En esta dirección, podemos afirmar que el trabajo forzoso se entiende como “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente”[3]. Esto incluye situaciones impuestas por el Estado o por individuos que ejercen poder sobre otros mediante privación de necesidades básicas como alimento, tierra o salario, violencia física o sexual, restricciones a la libertad de movimiento, prohibición de abandonar la actividad laboral.

En este orden de ideas se han ratificado diferentes normativas internacionales que buscan proteger a los niños, niñas y adolescentes de la explotación. Acorde a la Constitución, estos instrumentos presentan jerarquía superior a las leyes (art. 417). Entre ellos, se encuentran la Convención sobre los Derechos del Niño (1989),[4] la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007)[5] y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo 138 (edad mínima),[6] 182 (peores formas de trabajo infantil),[7] 169 (pueblos indígenas) y 111 (no discriminación en empleo).

En esta dirección se debe destacar el Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil –adoptado en Ginebra el 1º de junio de 1999, durante la 87ª reunión de la Conferencia General de la OIT–, por reconocer la necesidad de crear instrumentos jurídicos que prohíban y eliminen de manera urgente las peores formas de trabajo infantil. Su objetivo es que esta erradicación sea una prioridad tanto a nivel nacional como internacional, fortalecida mediante cooperación y asistencia entre Estados.

Este convenio complementa el Convenio y la Recomendación sobre la edad mínima de admisión al empleo (1973), que siguen siendo un pilar fundamental en la lucha contra el trabajo infantil.

III - NORMATIVA NACIONAL

Ecuador cuenta con un marco normativo amplio para la prevención y erradicación del trabajo infantil, fundamentado en la Constitución, el Código de la Niñez y Adolescencia, el Código del Trabajo, y en la adhesión a convenios internacionales. A continuación se detalla su desarrollo histórico y los instrumentos más relevantes.

Constitución de la República del Ecuador

La Constitución vigente reconoce y protege de forma prioritaria los derechos de la niñez y adolescencia, destacándose los artículos 44, 45 y 46, que contemplan la promoción del desarrollo integral, el interés superior del niño, los derechos específicos de su edad y las obligaciones particulares que el Estado debe garantizar.[8]

Así, la Constitución de 2008 fortalece las garantías frente al trabajo infantil ratificando la edad mínima de quince años para trabajar, reafirmando la obligación del Estado de prohibir y erradicar progresivamente el trabajo infantil, y estableciendo que el trabajo adolescente debe ser excepcional y seguro, sin afectar su educación.

Código de la Niñez y Adolescencia

En enero de 2003, el Congreso Nacional aprobó el Código de la Niñez y Adolescencia,[9] que incorporó la doctrina jurídica de protección integral. Entre sus disposiciones más importantes reconoció a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos y garantías, regulando los derechos contra la explotación laboral y económica y definiendo obligaciones para quienes son garantes de estos derechos.

El Código establece de esta manera que la protección y garantía de derechos es responsabilidad compartida entre Estado, sociedad y familia –corresponsabilidad consagrada en el artículo 8–. Así, se exige la aplicación de medidas políticas, económicas, jurídicas y laborales para asegurar la vigencia y exigibilidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Igualmente se regula en este código la función básica de la familia (art. 9), a partir de la cual se reconoce a la familia como espacio de amor y desarrollo, donde los padres comparten la responsabilidad de crianza, protección y transmisión de valores.

Previo a consagrar el derecho a la educación (arts. 38 y 39) a partir del cual se pretende desarrollar al máximo las capacidades físicas y mentales, fomentar la paz, el respeto a los derechos humanos, la tolerancia y la cooperación de las infancias, obligando a los padres a matricular a sus hijos y elegir una educación acorde a sus creencias, se consagran derechos esenciales. Entre ellos se encuentra el derecho a una vida digna (art. 26), con la obligación de garantizar las necesidades básicas de alimentación, educación, vestimenta y salud –profundizada esta última a través del artículo 27, que consagra el derecho al acceso gratuito a programas públicos de salud, nutrición adecuada y medio ambiente saludable–.
La normativa también contempla una regulación sobre protección contra explotación laboral (arts. 81 a 94), obligando al Estado,
[10] la sociedad y la familia a proteger a los niños, niñas y adolescentes contra cualquier forma de explotación laboral, esclavitud o trabajo forzoso, a partir de lo cual se establecen los siguientes criterios:

Código del Trabajo

El Código de Trabajo[12] establece disposiciones específicas para niños, niñas y adolescentes, que incluyen:

Determinación de formas específicas de trabajo peligroso

Entre mayo y junio de 2002, el Ministerio de Trabajo y Empleo –actual Ministerio de Relaciones Laborales–, en coordinación con el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia y el Comité Nacional de Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, realizó un listado de 43 formas de trabajo peligroso prohibidas para menores de dieciocho años.

Este listado, aunque no tuvo carácter de norma jurídica, fue un insumo clave para la elaboración del Código de la Niñez y Adolescencia en 2003 y la orientación del trabajo de inspectores laborales e instituciones públicas. Los trabajos incluidos estaban en concordancia con los Convenios 138 y 182 de la OIT y consideraban las condiciones y riesgos para la salud, la educación y el desarrollo integral de los adolescentes.

En agosto de 2006, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia impulsó una consulta nacional para actualizar el listado de trabajos prohibidos. El proceso incluyó once talleres regionales, dos talleres con adolescentes y un taller nacional con quinientos participantes. El resultado fue un consenso de catorce actividades prohibidas, que en 2008 se ampliaron a 93, recogidas en el Reglamento de Trabajos Prohibidos para Adolescentes.

Con este proceso se logró mayor visibilidad del tema y concordancia con normas internacionales, por un lado, y una participación tripartita –Estado, empleadores, trabajadores–, por otro. Sin embargo, la existencia de múltiples listados sin coordinación entre normativas y la falta de claridad sobre la autoridad competente para aprobarlos sigue trayendo dificultades.

Agenda Social de la Niñez y Adolescencia

El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia aprobó en 2007 la Agenda Social 2007-2010, cuyo objetivo central era la protección integral de derechos. En materia de trabajo infantil, propuso fortalecer el sistema descentralizado de protección integral y garantizar que ningún niño, niña o adolescente realice trabajos prohibidos o peligrosos. En este orden de ideas, en 2009, el Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social presentó la Agenda Social 2009-2011, que incluía universalizar la educación inicial, ampliar programas de atención temprana e implementar medidas de protección especial para adolescentes en riesgo.

Plan Nacional de Desarrollo y Plan del Buen Vivir

En 2007, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo priorizó un modelo de desarrollo que incluía la erradicación del trabajo infantil como objetivo estratégico. En el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2010 se plantearon metas como reducir la mendicidad y la explotación sexual infantil, erradicar el trabajo infantil en áreas de mayor riesgo, implementar un mapa de riesgo de actividades con mano de obra infantil, monitorear la salud de los menores y reinsertarlos en el sistema educativo.[13]

Por su parte, en el Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013 se reafirmaron estas metas y se establecieron objetivos específicos:[14]

CONCLUSIÓN

El trabajo infantil en la calle es resultado de la pobreza y desintegración familiar. La existencia de centros de apoyo, como organismos no gubernamentales y municipales, hacen una gran diferencia, pero se requiere un esfuerzo conjunto del Estado, la sociedad y las familias para erradicar esta problemática. Como hemos visto, posteriormente a la reforma legislativa son necesarias las políticas públicas de intervención en aquellos lugares donde se registran casos de trabajo ambulante o donde los niños, niñas y adolescentes son explotados por sus propias familias.

Algunas recomendaciones que surgen a partir del presente trabajo de investigación son: sensibilizar a la sociedad para no normalizar el trabajo infantil, fortalecer políticas públicas y programas de apoyo, y sancionar a quienes exploten laboralmente a niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, es necesario hacer foco en la prevención del trabajo infantil a través del fortalecimiento familiar y realizando acciones integrales en educación, alimentación, capacitación y salud, abordando esta problemática a través de una mirada interdisciplinaria y la inclusión de tratamientos de atención psicológica, reintegración familiar y programas de valores y habilidades para la vida.


                        

                                                        

Derechos de autor: 2025 Solimar Herrera Garcés

El artículo está protegido por una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-ShareAlike 4.0

                                


                                        

Revista Jurídica Universidad Nacional del Oeste . Editada entre Julio – Diciembre del Año 2025. Periodicidad semestral.

Editorial  EDUNO  de la Universidad Nacional del Oeste.Realizada en el marco del Instituto de Educación, Justicia y Trabajo de la Universidad Nacional del Oeste        



[1] Máster en Derecho del Trabajo y del Empleo. Docente de Derecho Laboral (Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Central del Ecuador). Decana de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales (UCE). Identificador ORCID: https://orcid.org/0000-0002-0788-8175. Correo electrónico: sherrera@uce.edu.ec.

[2] “Los datos indican un aumento de más un tercio en la prevalencia del trabajo infantil desde que comenzó la pandemia”. Disponible en: https://data.unicef.org/wp-content/uploads/2022/05/ILO-UNICEF_2020_Global_Estimates_of_Child_Labour_ES.pdf.

[3] Véase: https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/forced-labour-convention-1930-no-29.

[4] Cuyo artículo 32 establece el derecho a estar protegido contra la explotación económica y trabajos que interfieran con la educación o el desarrollo integral.

[5] Cuyo artículo 17 establece medidas específicas para proteger a niños indígenas de trabajos peligrosos.

[6]Disponible en: https://normlex.ilo.org/dyn/nrmlx_es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C138.

[7] Disponible en: https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_ILO_CODE:C182

[8] Disponible en: https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/02/Constitucion-de-la-Republica-del-Ecuador_act_ene-2021.pdf

[9] Disponible en: https://www.registrocivil.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/01/este-es-06-C%C3%93DIGO-DE-LA-NI%C3%91EZ-Y-ADOLESCENCIA-Leyes-conexas.pdf

[10] En su artículo 83 se exigen políticas y programas para erradicar el trabajo infantil en menores de esa edad.

[11] En el artículo 87 se prohíben los trabajos vinculados a minas, basurales, canteras, manipulación de sustancias peligrosas, trabajos en lugares de explotación sexual, juegos de azar, expendio de alcohol, maquinaria peligrosa, y cualquier labor que atente contra su desarrollo físico o moral.

[12] Disponible en: https://www.gob.ec/regulaciones/codigo-trabajo.

[13] Disponible en: https://www.planificacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2013/09/Plan-Nacional-Desarrollo-2007-2010.pdf.

[14] Disponible en: https://www.planificacion.gob.ec/plan-nacional-para-el-buen-vivir-2009-2013/.